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Resolución Dirección General RRHH y RRLL del SERMAS de 15/01/2021. Medidas extraordinarias y de carácter excepcional en relación con las incidencias producidas en los Centros Sanitarios como consecuencia del temporal de nieve iniciado el 8/01/2021.

Con fecha de hoy, 15 de enero de 2021, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS, ha dictado las siguientes

 INSTRUCCIONES

1.- El personal de las gerencias de Atención Hospitalaria, Atención Primaria y SUMMA 112 del Servicio Madrileño de Salud que, teniendo programado turno de trabajo, no pudieron desplazarse a sus puestos de trabajo durante los días 8, 9, 10, 11 y 12 de enero por motivo del temporal de nieve, se les computará la jornada como si la hubieran trabajado por causa de fuerza mayor.

2.– Ante el cierre de centros educativos durante la semana del 11 al 15 de enero, a los trabajadores con hijos menores de 12 años a su cargo se les reconocerá con carácter excepcional un permiso de conciliación, retribuido y no recuperable, señalando que, en el caso de existir más de un cuidador, este permiso se concederá solo a uno de ellos.

La concesión de este permiso será gestionado y tramitado en sus respectivos centros de trabajo, debiendo presentar el interesado la correspondiente justificación, en la que se incluirá la declaración jurada de ser el único cuidador.

3.- Los profesionales que tengan a su cargo mayores dependientes o discapacitados, que asisten a diario a centros actualmente cerrados se les reconocerá con carácter excepcional un permiso durante los días señalados en el apartado anterior por la inclemencia meteorológica, retribuido y no recuperable, señalando que, en el caso de existir más de un cuidador, este permiso se concederá solo a uno de ellos.

La concesión de este permiso será gestionado y tramitado en sus respectivos centros de trabajo, debiendo presentar el interesado la correspondiente justificación, en la que se incluirá la declaración jurada de que es el único cuidador.

4.- El personal de las gerencias de Atención Hospitalaria, Atención Primaria y SUMMA 112 del Servicio Madrileño de Salud que por causa de la nevada se ha visto obligado a doblar turno o a realizar un horario superior a su jornada de trabajo, se le reconocerá el derecho a percibir las horas de exceso en concepto de “retribución por doblaje como consecuencia del temporal”.

A estos efectos, se comunica a las gerencias que, con el objeto de efectuar una aplicación uniforme en todo el Servicio Madrileño de Salud, antes de cerrar la nómina del mes de febrero, se remitirá una nueva instrucción en la que se recogerá el concepto y el valor de las cuantías correspondientes a estos doblajes.

Para ver a Resolución completa PINCHA AQUÍ, o SOBRE LA IMAGEN SUPERIOR.

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