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Estas son las jubilaciones que están en el punto de mira de la reforma Escrivá (29/05/2021).

El mandado de José Luis Escrivá al frente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones estará marcado en buena parte por la reforma de las pensiones que engloba cambios en la cotización de los autónomos y en diferentes tipos de jubilación, que se verán modificados de forma sustancial entre 2021 y 2022.

En concreto, la reforma de las jubilaciones comenzará a finales de 2021, con el objetivo de implantarla definitivamente en 2022. Con ella se pretende alinear la edad efectiva y la edad real de jubilación, algo que se va a intentar desde el departamento de Escrivá fomentando que los trabajadores alarguen su trayectoria profesional y haciendo menos beneficioso finalizarla antes de tiempo.

Jubilación anticipada

Es el apartado que más cambios acapara y más profundos. El más importante es la reforma de los coeficientes reductores que penalizan las jubilaciones anticipadas: van a ser mayores en los tramos superiores e inferiores de la lista (los que afectan a las jubilaciones con más meses de anticipación y las de menos meses de anticipación) con el objetivo de hacerlas menos atractivas.

Además, estos coeficientes reductores, que en la actualidad son trimestrales, pasarán a ser mensuales y cambiarán, por lo tanto, de mes a mes en lugar de cada tres meses. Por último, y no menos importante, la reducción de estos coeficientes dejará de afectar a la base reguladora para aplicarse a la cuantía de la pensión, medida que va encaminada a mejorar la tributación de los pensionistas con pensiones más altas, que se verán afectados.

Los cambios en los coeficientes son diferentes en función de los tipos de jubilación anticipada establecidos por la Seguridad Social por los años cotizados y los nuevos tramos mensuales, que tienen porcentajes individualizados. Los puede consultar en este enlace.

Jubilación demorada

Si se penaliza la jubilación anticipada, la otra cara de la moneda es la de los incentivos al atraso de la jubilación más allá de la edad ordinaria, que para 2021 es de 66 años con carácter general y de 65 para los trabajadores con al menos 37 años y tres meses cotizados. Para hacer esta opción más atractiva se plantean dos posibilidades, que son combinables entre sí:

-Un pago único por año demorado de entre 4.786,27 y 12.060,12 euros, dependiendo de los años cotizados y la cuantía de la pensión.

-Un porcentaje adicional del 4% por cada año demorado que se aplicará sobre la base reguladora.

Jubilación forzosa

La idea es eliminar la posibilidad de acogerse a este tipo de jubilación al menos hasta los 68 años y elaborar políticas activas para desincentivarla.

Jubilación activa

Con el objetivo de alargar la trayectoria profesional, se pretende que este tipo de jubilación (que permite compatibilizarla con un trabajo por cuenta ajena o propia) solo se pueda hacer cuando se supere un año la edad de jubilación ordinaria.

Enlace relacionado ElEconomista.es (27/05/2021).

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