El Colegio de Médicos de Madrid carga contra el Gobierno por su intención de garantizar el derecho al aborto (28/09/2021).

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El Ilustre Colegio de Médicos de Madrid ha cargado contra el Gobierno tras trascender que el Ministerio de Igualdad prepara una reforma de la ley del aborto que, entre otras cosas, crearía un registro de objetores de conciencia para asegurar que una mujer que acuda a un centro a abortar es atendida convenientemente. El ICOMEM se arroga la custodia, defensa y promoción del Código Deontológico así como se ampara en la Constitución Española, deslizando que el nuevo articulado fulminaría la legalidad vigente.

“Nuestra sociedad no puede permitir un ataque a los derechos fundamentales de este calibre sin antes hacer una profunda reflexión”, expresa el ICOMEM, que considera que el registro de objetores supone “graves implicaciones que se derivan de inmiscuirse en la libertad de conciencia” y; en consecuencia, “podrían alterar todo el sistema de libertades reconocido en la Constitución y en las leyes”.

La ética y la Constitución

El ICOMEM no solo se ampara en su propio Código Deontológico y en la ética, sino que afirman que la objeción de conciencia es también una exigencia constitucional: “La objeción siempre debería quedar amparada por la posibilidad de acogerse a la no realización de actos gravemente contrarios a la propia conciencia. Reconocer esta primacía es también saber que la justicia es mucho más que las leyes y que hay derechos fundamentales que toda norma debe siempre respetar”.

“La objeción de conciencia es un derecho fundamental reconocido internacionalmente en la Carta Europea de Derechos Humanos. Ninguna normativa disruptiva ni leyes ideológicas oportunistas pueden regularlo y mucho menos limitarlo o condicionarlo”, insisten en el comunicado.

En este sentido, ahondan en que un informe elaborado por la Comisión de Ética y Deontología del ICOMEM deja claro que “la objeción de conciencia no es desobediencia civil ni una forma de manifestar anticipadamente creencias o convicciones, sino que, típicamente, sucede de forma sobrevenida, cuando el profesional afronta la situación donde ya se encuentra en el contexto concreto de actuación que resulta en contraposición radical con su propia conciencia. Es necesario recordar que, en esos momentos, el objetor debe comunicar al paciente de forma comprensible y razonada las causas de su objeción (Art 34.2 del CD OMC, 2011) algo que no podría hacer si es excluido del proceso asistencial y también al responsable inmediato de la prestación y potestativamente al Colegio de Médicos que le prestará el asesoramiento y la ayuda necesaria”.

Estar en el terreno

El registro de objetores propuesto por el Gobierno no sería más que un listado de médicos que se niegan a practicar abortos por sus principios éticos para, así, tenerlo en cuenta en cada hospital y que haya profesionales que sí lo hagan para que este proceso no le sea negado a ninguna mujer. Sin embargo, el ICOMEM sigue viéndolo con malos ojos porque “los profesionales de la medicina no ejercen su actividad de modo teórico ni meramente académico, sino desde la práctica viva y real de ser médico, desde el sitio donde suceden los sufrimientos que acarrea la enfermedad, los conflictos, los problemas, los dilemas”.

Por último, advierten que “no podemos tolerar una injerencia ilegítima en el ejercicio de la Medicina”.

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