¿Quedarán impunes las muertes en Melilla? La difícil tarea de sentar ante un juez a los responsables (02/07/2022).

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Lanzamiento de piedras, agresiones policiales y migrantes apilados y engrilletados junto a una verja. El último intento de entrada en Melilla ha sido uno de los más trágicos que se recuerdan. Al menos 23 personas muertas tratando de alcanzar un futuro mejor, una cifra que los colectivos de derechos humanos elevan hasta 37. Y varias decenas heridas. Hechos que han provocado una enorme conmoción, tanto a nivel nacional como internacional. En los últimos días, varias organizaciones han exigido a Marruecos y España que analicen exhaustivamente lo sucedido. La Fiscalía ya ha puesto en marcha una investigación penal ante la "trascendencia y gravedad de los hechos acaecidos", que pueden haber afectado a los derechos humanos y los derechos fundamentales de las personas. Sin embargo, algunos expertos consultados por infoLibre reconocen en privado la complejidad de que alguien pague por lo sucedido.

A la hora de analizar los hechos es importante hacer una distinción en función de lo sucedido a ambos lados de la frontera. En suelo español, colectivos como Amnistía Internacional o la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) ponen sobre todo el foco en dos cuestiones. Por un lado, las devoluciones en caliente llevadas a cabo por las autoridades españolas. Y, por otro, la intervención de gendarmes marroquíes en territorio español. En este sentido, algunas organizaciones han denunciado que los agentes alauíes aporrearon a personas que "ya se encontraban totalmente bajo su control y custodia" y "no oponían resistencia ni mostraban actitud violenta", con golpes "de arriba hacia abajo" que pueden causar "lesiones graves en partes sensibles del cuerpo, como la cabeza".

"Habrá que ver qué pretende la Fiscalía y el alcance que tiene esa investigación", apunta Paloma Favieres, responsable del área jurídica de CEAR. Desde su punto de vista, las llamadas devoluciones en caliente constituyen una violación de los derechos humanos. En concreto, los colectivos llevan años sosteniendo que vulneran tanto el artículo 4 del Protocolo nº4 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos –prohibición de las "expulsiones colectivas de extranjeros"– como del artículo 13 del CEDH, que reconoce que toda persona tiene derecho "a la concesión de un recurso efectivo ante una instancia nacional, incluso cuando la violación haya sido cometida por personas que actúen en el ejercicio de sus funciones oficiales". Es decir, al ser rechazados directamente en frontera no se les permite recurrir esa devolución.

Las devoluciones en caliente y el muro del TC

El problema es que hay varias sentencias recientes que complican esta vía. La primera de ellas es del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En 2017, la Sección Tercera condenó al Estado español por haber detenido y devuelto a Marruecos a dos migrantes que habían logrado saltar la valla de Melilla: "No tuvieron la posibilidad de exponer sus circunstancias personales ni de ser asistidos por abogados". Sin embargo, el Ejecutivo de Mariano Rajoy recurrió. Y forzó un pronunciamiento de la Gran Sala, que acabó corrigiendo dicho fallo. En una sentencia, Estrasburgo consideró que no hay violación del protocolo si la falta de esa decisión individual "puede atribuirse a la propia conducta del solicitante". Es decir, si hay un "acceso auténtico y efectivo" a los procedimientos de entrada legal y la persona recurre "a la fuerza" en lugar de a los mismos, no hay vulneración.

Y luego está el Constitucional. El tribunal de garantías dio su beneplácito en diciembre de ese mismo año a la disposición de la Ley de Seguridad Ciudadana que permite el "rechazo" de los migrantes "detectados" mientras "intentan superar los elementos de contención fronterizos". Aquella sentencia recogía, en parte, los argumentos de Estrasburgo. Así, apoyándose en el fallo de la Gran Sala, reiteraba que el Estado podía denegar su entrada en el territorio incluso "a los posibles solicitantes de asilo" si no recurrían a los mecanismos de entrada establecidos legalmente. En el caso del último salto, buena parte de los migrantes procedían de Sudán, un país castigado por las guerras y los golpes de Estado.

Aquel fallo, no obstante, contaba con el voto particular de María Luisa Balaguer. En su escrito, la magistrada desmonta la argumentación mayoritaria. Así, por ejemplo, consideraba sorprendente que se diga que los agentes deben prestar atención especial a las personas especialmente vulnerables sin que se explique de qué modo puede hacerse "en ausencia de un procedimiento desarrollado sin unas mínimas garantías esenciales". "Si algo garantiza la existencia de un procedimiento es, precisamente, la identificación singularizada de las situaciones que rodean a las personas, y que pueden hacer de ellas sujetos particularmente vulnerables por ser menores de edad, demandantes de asilo o protección internacional, víctimas de trata, o personas enfermas", apuntaba la magistrada.

La compleja persecución de la fuerza desmedida

Diferentes colectivos y algunos organismos internacionales han criticado la actuación de las fuerzas de seguridad durante el salto. El secretario general de la ONU, António Guterres, se ha mostrado "impactado" este miércoles por la "violencia en la frontera". "Hemos visto el uso de una fuerza excesiva por parte de las autoridades, que debe ser investigada porque es inaceptable", ha dicho, por su parte, el portavoz de la Secretaría General de Naciones Unidas, Stéphane Dujarric. No sería la primera vez que en España se pone el foco sobre determinadas actuaciones de algunos agentes en la frontera. Sin embargo, lo cierto es que esos procedimientos suelen terminar finalmente en un cajón.

El caso más sonado es el del Tarajal: un operativo de la Guardia Civil en el que se utilizaron pelotas de goma y botes de humo acabó con el fallecimiento de 14 migrantes que trataban de llegar a nado a Ceuta. Después de un largo procedimiento plagado de archivos y reaperturas, la Audiencia de Cádiz decretó en el verano de 2020 el sobreseimiento de las actuaciones, señalando que los "medios de control de masas" se utilizaron "de forma adecuada y proporcional a las circunstancias del caso".

Tampoco llegó a nada la investigación por los golpes recibidos por un joven migrante en octubre de 2014 en el paso fronterizo de Melilla. Un juzgado abrió una investigación tanto por la actuación de la Guardia Civil –se llegaron a citar como investigados a ocho– como por la de los gendarmes en territorio español, como ha sucedido ahora. De hecho, llegó a pedir a Marruecos que identificase a los agentes que se veían en las grabaciones, algo a lo que se resistió. Pero todo terminó siendo archivado. El juez no vio delito de trato degradante al entender que los guardias civiles estaban realizando "la función de rechazo en frontera" en la forma "en que les había sido ordenada que la llevaran a cabo, en una situación de gran tensión". "No puede inferirse en este momento procesal [...] un acto inequívoco y claro de sentido vejatorio de esos agentes contra los inmigrantes", recogía aquella resolución.

¿Marruecos ante un tribunal internacional?

Y luego está la parte relativa a Marruecos. En este sentido, es importante recalcar que, a tenor de las informaciones, las muertes se produjeron en territorio marroquí, por lo que el alcance de la investigación del Ministerio Público español es limitada en relación a los fallecimientos. En este sentido, cabe la posibilidad de que las organizaciones marroquíes lleven a los tribunales lo sucedido en la frontera para intentar que se abra una investigación judicial en el país bajo la que se puedan depurar responsabilidades. Lo que está por ver, sin embargo, es si esta ofensiva tendría éxito. Por el momento, el único paso firme dado en el país por parte de la Fiscalía ha sido la imputación de varios delitos a 65 de los migrantes detenidos. Las ONG, además, denuncian que las autoridades del país pretenden enterrar a los migrantes sin investigación ni autopsia.

La activista saharaui Aminatou Haidar ha puesto sobre la mesa la posibilidad de que los hechos puedan ser constitutivos de un crimen de lesa humanidad. Este es, justamente, uno de los crímenes sobre los que puede actuar la Corte Penal Internacional. Pero para Concepción Escobar, miembro de la Comisión de Derecho Internacional de la ONU y catedrática de Derecho Internacional, hay dos problemas. Primero, que Marruecos no ha ratificado el Estatuto de Roma. Y segundo, que no termina de ver, con los elementos que ahora mismo hay sobre la mesa, el encaje de la lesa humanidad. "Hay que recordar que los actos tienen que ser parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil", explica.

Enlace relacionado InfoLibre.es (29/06/2022).