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Ayuso rectifica: cerrará Madrid en el puente de San José y en Semana Santa pero lo llevará a los tribunales (13/03/2021).

La Comunidad de Madrid acatará el cierre perimetral aunque recurrirá la medida ante la Justicia. Fuentes de la Consejería de Sanidad mantenían hasta este mismo jueves que no iban a cerrar la región.

La Comunidad de Madrid rectifica a última hora tras varios días de enfrentamiento directo con el Ministerio de Sanidad. El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso ha anunciado este viernes que cerrarán para el puente de San José y Semana Santa. Además, aseguran que recurrirá la medida "ante la Justicia por no estar de acuerdo con la efectividad técnica de la medida".

Los choques entre Ayuso y el Ministerio de Sanidad han sido habituales durante la pandemia. El nuevo enfrentamiento ha llegado por el acuerdo del Consejo Interterritorial de Salud de cerrar perimetralmente todas las comunidades en el puente de San José y en Semana Santa. Este acuerdo ya se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en forma de Orden Ministerial por lo que todas las comunidades deben acatarlo. En el texto se concreta que el acuerdo es de "obligado cumplimiento". La Comunidad de Madrid ha mantenido su oposición al cierre perimetral hasta este último momento. "Los madrileños no podrán salir porque las demás cierran, pero Madrid no cierra", aseguraron a Público fuentes de la Consejería de Sanidad este mismo jueves.

Sin embargo, tras esta rectificación, la Comunidad de Madrid finalmente estará cerrada desde el 17 de marzo hasta el 21 de marzo y desde el 26 de marzo hasta el 9 de abril. El toque de queda se mantiene a las 23.00 horas.

La Consejería de Sanidad sostiene que los cierres perimetrales no son efectivos para controlar la transmisión d ela covid-19. "Cuando aplicamos medidas de restricción a la movilidad diferentes a nuestra estrategia, restricciones en unidades concretas por zonas básicas de salud, lo que hacemos es facilitar la movilidad y la interacción social", ha afirmado Elena Andradas, directora general de Salud Público. "No encuentro evidencia científica alguna que diga que esto contribuye a controlar la pandemia", añadió el viceconsejero Antonio Zapatero.

Ayuso evita así que el enfrentamiento vaya más allá y llegue a los tribunales. Fuentes gubernamentales confirmaron a Público que el Ejecutivo ya estaba estudiando ya las medidas que pueden llevar a cabo si Ayuso mantiene su amenaza.

No es la primera situación así. Madrid ya se declaró en rebeldía el pasado septiembre cuando pasó una situación similar ante el acuerdo del Consejo Interterritorial de cerrar las ciudades con más de 100.000 habitantes y una alta incidencia. El conflicto entre Ayuso y el Gobierno acabó entonces con la declaración del estado de alarma en Madrid por parte del Ejecutivo. La situación ahora es diferente porque ya está declarado el estado de alarma en todo el país pero Ayuso debía acatar igualmente la ley.

La Comunidad de Madrid alegaba que, según la declaración del estado de alarma, es Ayuso la "autoridad competente delegada" para adoptar medidas sanitarias. "Madrid, como dijo la presidenta, será plenamente respetuosa con la ley. Por tanto, seguiremos respetando el marco establecido por el Real Decreto que regula el Estado de Alarma, y en base al cual, la Presidenta de la Comunidad de Madrid es la autoridad competente delegada para adoptar las medidas pertinentes", explican fuentes de Sanidad. Igualan una orden publicada en el BOE al decreto del estado de alarma y, añaden, que "las decisiones de la Interterritorial tienen que salir por consenso". Este miércoles no hubo consenso sobre el acuerdo  porque Madrid votó en contra y Catalunya no votó porque la consejera Alba Vergès no estaba presente.

Un conflicto que podía haber acabado en los tribunales

Este argumento de Madrid choca con el del Gobierno y con expertos consultados por este medio. Por un lado, José Martínez Olmos, explica que no es necesario que la aprobación de un acuerdo en el Consejo sea por unanimidad ya que puede adoptarse por mayoría. Es así como se han tomado la mayoría de los acuerdos durante la pandemia porque, al menos la Comunidad de Madrid, ha votado en contra de todos los documentos de restricciones comunes. Aunque Martínez Olmos concreta que lo que da "validez a la decisión es que se publique en el BOE". 

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, también se pronunció sobre esto este jueves en La Sexta. "Actuaremos cuando los servicios jurídicos decidan cómo. La orden se publicará mañana o pasado en el Boletín Oficial del Estado. A partir de ahí empezaremos a caminar", afirmó durante una entrevista.

Fuentes gubernamentales añaden a este argumento que, en el mismo texto del estado de alarma, se establece el régimen sancionador donde se contempla que el incumplimiento o la resistencia a las órdenes será sancionado con arreglo a las leyes, en los términos establecidos en el artículo 10 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio. En el artículo 2 también se establece que, pese a que se reconoce la autoridad competente delegada, "a los efectos del estado de alarma, la autoridad competente será el Gobierno de la Nación".

Por esto, y según la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, si el incumplimiento a una orden llega por parte de las autoridades, "las facultades de éstas que fuesen necesarias para el cumplimiento de las medidas acordadas podrán ser asumidas por la Autoridad competente durante su vigencia". Es decir, el Gobierno podría intervenir en la Comunidad de Madrid.

Pero el Ejecutivo tendría aún más recursos. Daniel Amelang, abogado de Red Jurídica, explica que el Ejecutivo tiene la posibilidad de recurrir ante el Constitucional la decisión de "desobedecer". Luego, "requerir personalmente a la Presidenta para que cumpla lo que ordene el Gobierno". Y, si sigue sin acatar la orden, en "el último caso" se puede llegar a aplicar el polémico artículo 155 de la Constitución Española que dicta que si una comunidad no cumple las obligaciones de la Constitución o leyes, "previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado", se podrán adoptar "las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones".

Martínez Olmos considera que un incumplimiento así sería "desobediencia", aunque Amelang aclara que no se puede llegar a este punto "sin requisito personal e individual a la persona que desobedece" y "una explicación de las consecuencias jurídicas de dicha desobediencia". Aunque ninguna de las fuentes consultadas contempla llegar hasta este punto. De hecho, Sanidad afirma que la postura de Madrid en el Consejo Interterritorial fue contraria al acuerdo, pero no de enfrentamiento ni de oposición a acatar la ley.

Enlace relacionado Público.es 12/03/2021.

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