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Cambios en la estructura de la Consejería de Sanidad de Madrid y en el Servicio Madrileño de Salud –SERMAS- (28/08/2019).

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del día 28 de agosto de 2019, publica el Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Mediante Decreto 52/2019, de 19 de agosto, la Presidenta ha establecido el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. Procede ahora definir la estructura básica de las diferentes consejerías de la Comunidad de Madrid, estableciendo sus órganos superiores y directivos, así como los entes, organismos y empresas que se adscriben a las mismas. Corresponde al Consejo de Gobierno, de conformidad con el artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, aprobar la estructura orgánica de las diferentes consejerías, previo informe de la Consejería de Hacienda y Función Pública.

Además de los cambios que afectan a las estructuras de todas las Consejerías (PINCHAR AQUÍ para ver enlace), los cambios que afectan al departamento de Sanidad son los siguientes:

Artículo 8. Consejería de Sanidad 

1. La Viceconsejería de Humanización de la Asistencia Sanitaria pasa a denominarse Viceconsejería de Humanización Sanitaria.

2. La Viceconsejería de Sanidad pasa a denominarse Viceconsejería de Asistencia Sanitaria. 

3. La Dirección General de Inspección y Ordenación pasa a denominarse Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria. 

4. La Dirección General de Planificación, Investigación y Formación pasa a denominarse Dirección General de Investigación, Docencia y Documentación. 

5. La Dirección General de Humanización pasa a denominarse Dirección General de Humanización y Atención al Paciente. 

6. La Consejería de Sanidad, bajo la superior dirección del titular del departamento, tendrá la siguiente estructura básica: 

1. Viceconsejería de Humanización Sanitaria, a la que se adscriben: 

a) Dirección General de Humanización y Atención al Paciente. 

b) Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria. 

c) Dirección General de Investigación, Docencia y Documentación. 

d) Dirección General de Salud Pública. 

2. Viceconsejería de Asistencia Sanitaria.

3. Secretaría General Técnica. 

7. La administración institucional adscrita a la Consejería de Sanidad está constituida por: 

a) Ente Público Servicio Madrileño de Salud. 

b) Empresa pública con forma de entidad de derecho público Hospital Universitario de Fuenlabrada.

c) Ente Público Hospital Universitario Fundación de Alcorcón. 

d) Empresa pública con forma de entidad de derecho público Unidad Central de Radiodiagnóstico.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Servicio Madrileño de Salud 

1. La Dirección General de Coordinación de la Asistencia Sanitaria pasa a denominarse Dirección General del Proceso Integrado de Salud. 

2. La Dirección General de Gestión Económico-Financiera pasa a denominarse Dirección General de Gestión Económico-Financiera y Farmacia. 

3. La Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria pasa a denominarse Dirección General de Sistemas de Información y Equipamientos Sanitarios. 

4. Se crea la Dirección General de Coordinación Socio-Sanitaria. 

El Servicio Madrileño de Salud, bajo la superior dirección del titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria, que es asimismo Director General de aquél, tendrá la siguiente estructura orgánica: 

a) Dirección General del Proceso Integrado de Salud. 

b) Dirección General de Gestión Económico-Financiera y Farmacia. 

c) Dirección General de Infraestructuras Sanitarias. 

d) Dirección General de Sistemas de Información y Equipamientos Sanitarios. 

e) Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales. 

f) Dirección General de Coordinación Socio-Sanitaria.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA Modificación del artículo 1 del Decreto 196/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud.

Se modifica el artículo 1 del Decreto 196/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud, que quedará redactado de la siguiente forma: 

“Artículo 1. 

El Servicio Madrileño de Salud, bajo la superior dirección del titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria, que es asimismo Director General de aquél, tendrá la siguiente estructura orgánica: 

a) Dirección General del Proceso Integrado de Salud. 

b) Dirección General de Gestión Económico-Financiera y Farmacia. 

c) Dirección General de Infraestructuras Sanitarias. 

d) Dirección General de Sistemas de Información y Equipamientos Sanitarios. 

e) Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales. 

f) Dirección General de Coordinación Socio-Sanitaria”.

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