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La Comunidad de Madrid aprueba su orden de prescripción enfermera (06/05/2021).

La norma entra en vigor mañana y en un mes se conocerá el listado de profesionales que serán acreditados de oficio.

La consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha publicado en su Boletín Oficial la aprobación de la transposición del Real Decreto de prescripción enfermera que aprobó el Gobierno central el 19 de octubre de 2018. De esta manera, las enfermeras y enfermeros del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) podrán dispensar medicamentos sin la autorización previa de un médico bajo unos criterios y protocolos preestablecidos.

Tras la entrada en vigor de la normativa, la región madrileña se suma al grupo de comunidades autónomas que ya han regulado la prescripción enfermera desde que el Gobierno instara a las autonomías a transponer la norma impulsada por Sanidad. 

Requisitos para poder prescribir

El nuevo procedimiento se aplica al personal de enfermería que presta servicios en los centros centros y organizaciones adscritos o vinculados al Servicio Madrileño de Salud, al SUMMA 112 y a las Oficinas Regionales. Sin embargo, hay que cumplir una serie de requisitos para acceder a la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.

Según apunta la normativa, se deberá estar en posesión del título de Graduado en Enfermería, de Diplomado en Enfermería o de Ayudante Técnico Sanitario, o equivalente. Además, en el ámbito de los cuidados generales de enfermería se deberá demostrar una experiencia profesional mínima de un año.

Mientras que, en el ámbito de los cuidados especializados, se deberá estar en la posesión del correspondiente título de especialista y de una experiencia profesional mínima de un año en la categoría de enfermera especialista correspondiente.

Acreditación de oficio

La consejería lidera por Enrique Ruiz Escudero acreditará de oficio a todos los profesionales sanitarios a los que afecte esta norma. Un listado que se conocerá en un mes, después de que la dirección general de recursos humanos le transmita a la dirección general de formación la relación de las enfermeras y enfermeros, tanto de cuidados generales como de los cuidados especializados, que cumplan los requisitos exigidos.

“Una vez recibida la información, el titular de la Dirección General competente en materia de formación sanitaria emitirá Resolución con la relación de los profesionales acreditados, en la que se especificará si se otorga en el ámbito de los cuidados generales o en el de los cuidados especializados, debiendo indicar la especialidad correspondiente”, se detalla en la norma.

Una vez autorizada la acreditación del profesional de enfermería se incorporará esta al Registro Estatal de Profesionales Sanitarios.

Tras lla reciente aprobación por parte de Extremadura y de Asturias, las últimas comunidades pendientes de regular la prescripción enfermera son La Rioja y Galicia. Estas regiones ya han iniciado los trámites y en los próximos meses se espera su aprobación definitiva.

Enlace relacionado RedacciónMédica.com 04/05/2021.

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